| 000 | 04873 a2200325 4500 | ||
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| 003 | BJBSDDR | ||
| 005 | 20241211162959.0 | ||
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| 041 | _aspa | ||
| 050 | 1 | 4 |
_aK 5018 _bD431 2019 |
| 245 | 0 | 0 |
_aDerecho al silencio y racionalidad jurídica : _bun estudio metodológico, dogmático y filosófico, desde una perspectiva comparatista en el plano nacional e internacional / _cGermán Sucar y colaboradores: Jorge Cerdio Herrán... [y otros 5] |
| 260 |
_aValencia : _bTirant lo Blanch, _c2019. |
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| 300 |
_a1603 páginas ; _c24 cm. |
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| 490 | 1 | _aColección Teoría | |
| 505 | 0 | _aPrimera Parte. FUNDAMENTOS TEÓRICOS-METODOLÓGICOS.- 1. Postulados teóricos y enfoque metodológico.- 2. Consideraciones sobre los sistemas procesales.- 3. Consideraciones para el análisis dogmático y filosófico del derecho al silencio.- 4. Recapitulación.- Segunda Parte. ESTUDIO DOGMÁTICO.- 1. El derecho al silencio en el ordenamiento supranacional.- 2. Tres ordenamientos modelo para el derecho al silencio.- 3. El derecho al silencio en el sistema jurídico argentino. Un modelo fuerte de protección (no puesto en crisis).- Tercera Parte. ANÁLISIS FILOSÓFICO.- 1. Problemas de la justificación político-moral del derecho al silencio.- 2. Problemas epistemológicos de la valoración del silencio del imputado | |
| 520 | _aEl llamado "derecho al silencio"-en el mundo hispanohablante más conocido como derecho a no declarar contra sí mismo o contra la autoincriminación- no puede ser adecuadamente comprendido si no se atiende a su regulación específica en el interior de un determinado sistema jurídico con su particular racionalidad subyacente. De ahí el carácter imprescindible del análisis jurídico comparado que, en este caso, toma como objeto el dos países de la tradición del "common law" -Inglaterra y los Estados Unidos?, uno de la tradición del "civil law" -Francia- y otro que participa, en distinta medida, de una y otra tradición, a saber, del modelo constitucional norteamericano, por una parte, y del modelo de codificación, por el otro-la Argentina-. Asimismo, se sostiene que el análisis de un derecho presupone inexorablemente una concepción acerca de la naturaleza del derecho y del conocimiento jurídico, así como una teoría de los derechos. Este trabajo se asienta en una concepción positivista, normativista y convencionalista. Entre otras consecuencias, esta concepción conduce a distinguir la identificación del derecho -tarea propia del registro de la razón teórica- de la justificación de su creación o aplicación -tarea que pertenece principalmente al registro de la razón práctica-. Así, este libro se divide en tres grandes partes: la primera, destinada a exponer los fundamentos teórico-metodológicos que presiden esta investigación sobre el derecho al silencio y que, entre otros aspectos, sienta las bases para el examen analítico de sus diferentes elementos; la segunda, a efectuar un estudio dogmático comparado de los cuatro referidos sistemas jurídicos, incluyendo el derecho internacional aplicable al derecho interno; y la tercera, a abordar dos problemas filosóficos fundamentales: la justificación político-moral del derecho al silencio -pasando revista tanto a las posiciones negadoras como a las positivas, desde Bentham hasta los planteamientos más recientes-, ejercicio propio de la razón práctico- normativa (aún no explorado sistemáticamente); y el examen lógico y epistemológico que involucra la cuestión acerca de si el silencio del imputado en el proceso penal puede o no ser objeto de una valoración objetiva y racional (empresa no encarada hasta ahora). En todos estos dominios se discrimina entre dos formas básicas del derecho al silencio: el derecho al silencio como derecho contra las confesiones coactivas y el derecho al silencio como derecho contra la valoración del silencio, al lado de los cuales se distinguen diversos tipos de subderechos, todos los cuales, en su conjunto, dan lugar a lo que cabe denominar un régimen jurídico del derecho al silencio. Por lo demás, respecto de cada uno de los sistemas jurídicos considerados, se efectúa un examen pormenorizado y crítico de una vasta doctrina y jurisprudencia nacional e internacional. Se trata, en efecto, de una obra destinada tanto al mundo académico como profesional. | ||
| 650 | 4 |
_aDerecho al silencio _939881 |
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| 650 | 4 |
_aDerecho penal _xFilosofía _94425 |
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| 650 | 4 |
_aSilencio (Derecho) _939882 |
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| 650 | 4 |
_aDerecho comparado _93389 |
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| 700 | 1 |
_aSucar, Germán _939812 _ecoordinador |
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| 700 | 1 |
_aCerdio Herrán, Jorge Arturo _939883 _ecolaborador |
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| 830 | 0 |
_aTeoría (Tirant lo Blanch) _920018 |
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| 942 |
_2lcc _cBK |
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| 946 | _irmza | ||
| 999 |
_c122562 _d122562 |
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